Fue modificado el sistema de denuncias, que se podrán hacer de manera anónima.
En lo sucesivo se sancionará la difusión no autorizada de imágenes y la suplantación digital de la identidad; también, se establece un agravante cuando la víctima sea menor de edad o mayor de 70 años, cuando sea realizado por un jefe o promotor de eventos, o sea cometido por parejas o exparejas.
Otra figura que se incorpora es Pegatinas, que busca sancionar los afiches que promueven la oferta sexual, vinculadas muchas veces con la trata de personas. Contempla también la clausura del establecimiento cuando la beneficiaria sea una empresa y/o local. Asimismo, se establece un agravante para el Acoso sexual cuando las víctimas sean mujeres y/o niños, y en caso de que los agresores sean dos o más personas.
La normativa agrava las penas para cuida coches y trapitos, previendo el arresto para los integrantes y jefes. Quienes ofrezcan servicios de estacionamiento, cuidado de coches o limpieza de vidrios sin autorización legal serán sancionados con uno a cinco días de utilidad pública; una multa que oscilará entre 200 pesos y mil pesos; asimismo, cuando exista organización previa, la sanción para los partícipes es de cinco a 15 días de arresto y se eleva al cuádruple para los jefes y/o coordinadores.
Las sanciones se agravan para los que trabajen en grandes parques o en oportunidad de espectáculos masivos de carácter deportivo o artístico, durante los fines de semana o dentro de un radio de 30 cuadras de donde este programado ese evento. También se suspenderá de manera provisoria y se le iniciará el correspondiente sumario a los funcionarios policiales que de cualquier modo consientan u omitan disuadir a los cuidacoches y trapitos.
En el proyecto se introdujeron modificaciones en el artículo 85 del proyecto de Ley 1664 relacionado con los artistas callejeros. El ensayo o práctica de música fuera de los horarios de descanso (siempre que se usen equipos de amortiguación y en los lugares habilitados para ello tanto al aire libre como en espacios culturales) no constituye contravención.
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