En los últimos meses se resolvieron juicios de accidentes de tránsito entre vehículos, peatones y/o ciclistas de forma novedosa.
En todos los casos fue probado que la víctima con su conducta cocausó el accidente. Y quedando establecida esta culpa compartida, la Justicia ha decidido que la indemnización por daños demandada por la víctima también debe ser reducida en la proporción de su culpa.
Uno de los casos se trató de un accidente de tránsito en el cual una mujer fue atropellada por una moto. La Justicia de la ciudad de Rosario determinó que como la víctima cruzó la calle sin mirar en dirección del sentido vehicular, literalmente «dando la espalda hacia el lado que venían los autos», también resultó responsable del accidente. Por ello, le redujo en un 50% la indemnización que demandó al motociclista en concepto de daños.
Con el mismo criterio fueron resueltos casos de accidentes de tránsito entre automovilistas y ciclistas que no llevaban casco puesto. En los fallos se afirmó que los ciclistas que no usan casco no sólo se exponen a sufrir mayores daños o lesiones físicas en caso de accidentes, sino que también se arriesgan a tener que afrontar los gastos y pérdidas económicas derivadas de los mismos. En consecuencia, se disminuyó el monto de indemnización demandado, en el entendimiento de que los daños hubieran sido menores si el damnificado hubiera cumplido con las normas de tránsito, esto es, usar el casco correspondiente.
Estos ejemplos ayudan a «concientizar» a los transeúntes y ciclistas: las reglas de tránsito deben ser cumplidas. Y su incumplimiento los expone no sólo al riesgo de sufrir accidentes sino además al deber de afrontar sus costos económicos.
DZ/km
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