Los cambios en los sistemas de comunicación y, por qué no, en la forma en que nos relacionamos socialmente, también están teniendo influencia en el modo de ejercer la justicia.
Esto no es ninguna novedad, ya que, en los tiempos que corren, más del 50% de nuestras interactuaciones diarias se hacen vía internet o telefonía celular.
Este fenómeno también es ponderado por la justicia la que, al momento de recabar pruebas, acepta cada vez con más frecuencia las relativas a sistemas de comunicación por internet, como emails o chats.
Recientemente, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil resolvió decretar la nulidad de un matrimonio considerando como prueba conversaciones vía chat.
Brevemente, el caso versó sobre lo siguiente: la esposa reclamó la nulidad del matrimonio al comprobar que su esposo mantenía una relación sentimental antes de contraer matrimonio y que dicha relación perduró tras su celebración. Su reclamo fue aceptado y la nulidad del matrimonio declarada.
Interesantemente, la Justicia consideró como prueba de la infidelidad las numerosas conversaciones que, vía chat, mantenían el esposo demandado y la otra mujer durante el horario laboral y el contenido de dichas conversaciones, que claramente indicaban que se trataba de una relación sentimental de pareja.
Nuestro tip legal sobre el tema es que las interactuaciones vía internet (en sus múltiples aspectos) está siendo considerada como prueba por la justicia.
Por ello, hay que tener en cuenta que todo lo que hacemos vía internet puede tener consecuencias legales en nuestra vida. Ya sea en el ámbito del derecho de familia, el derecho laboral o el comercial.
DZ/km
Fuente Redacción Z
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