Varios casos recientes invitan a reflexionar hasta dónde, día a día, nos encontramos en estado latente de riesgo de ser víctimas o causantes de algún daño. Y, como consecuencia de ello, de adquirir un derecho a ser compensado económicamente o la obligación de pagar una compensación. El factor común de estos hechos es la eventual responsabilidad civil de quien, aún en forma «casual», originó de alguna manera el daño.
Hace ya algún tiempo se difundió en los medios el caso del «gato que cayó del cielo». El destino quiso que justamente en ese preciso instante pasara por la calle una señora, la cual sufrió severas lesiones. Un accidente del mismo estilo sucedió en un centro de salud de la provincia de Buenos Aires, cuando un adolescente que arreglaba un tanque de agua se desplomó sobre las chapas de fibrocemento y traspasó el cielorraso del edificio, cayendo finalmente sobre una mujer y su bebé que se atendían en un consultorio, que resultaron heridos.
En Chile hubo un caso que fue resuelto por la Corte Suprema, en el cual se responsabilizó a una empresa periodística por el daño moral y patrimonial sufrido por varias personas que practicaron una receta de cocina para elaborar churros, publicada en una revista de esa empresa. Al parecer, la masa a las temperaturas de cocción del aceite indicadas en la receta generaba explosiones de aceite.
Como víctimas, siempre tenemos el derecho a ser compensados económicamente. Pero sin quererlo podríamos también resultar responsables por hechos y sus consecuentes daños: se nos cae una maceta del balcón sobre un peatón, somos nosotros los autores de una «receta peligrosa». En estos casos, una buena medida de prevención es la contratación de un seguro de responsabilidad civil privada. No son caros y pueden ser sumamente útiles si -esperemos que no sea el caso- nos sucede un hecho similar a los que describimos.
DZ/rg
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