El juez en lo contencioso administrativo y tributario Osvaldo Otheguy desestimó el planteo formulado por el vecino Carlos Eduardo Scally, quien vive en el barrio porteño de Saavedra y sufrió las consecuencias de varias inundaciones en la zona.
El juez consideró que “no se vislumbra en esta etapa del proceso una supresión o grave restricción de los derechos involucrados frente a los fines perseguidos” como para dictar una medida cautelar que suspenda las obras del Metrobus Norte.
Scally había reclamado mediante una medida provisoria “la clausura de las obras y la paralización de los trabajos constructivos del Metrobus Norte”, en el marco de una acción de amparo que aún sigue vigente, pues el juez sólo rechazó la cautelar pero no se pronunció sobre el fondo del reclamo.
El amparista pidió que “se declare que el Gobierno porteño ha incumplido con su obligación de proteger y de garantizar el derecho a un ambiente sano y equilibrado en relación a la construcción del Corredor del Metrobus Norte en la Avenida Cabildo, y del derecho a participar de los/as habitantes”.
Además, reclamó que “se declare la nulidad de la Resolución N 792/2014 del Jefe de Gabinete de Ministros en cuanto aprobó los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares que tienen por objeto la contratación de la obra denominada Metrobus Corredor Norte”.
“Más allá de lo expresado por la actora en el escrito de inicio respecto de que la obra resultaría -según su parecer- de ‘impacto ambiental con relevante efecto’, no se desprende concretamente cuáles serían las razones técnicas y jurídicas específicas en las que fundamentaría tal aseveración”, sostuvo el juez.
“Hasta el momento no se ha acompañado prueba alguna que respalde sus dichos y que demuestre en forma concreta y específica que la obra en cuestión deba categorizarse de tal manera”, añadió.
Otheguy dejó en claro que se pronunció sobre los elementos reunidos hasta el momento, “sin perjuicio del análisis de la prueba que pueda producirse en el presente proceso”.
“Lo hasta aquí expuesto impide tener por configurado aún en grado mínimo el requisito de la verosimilitud del derecho. La ausencia de este requisito no permite acceder a lo peticionado”, resumió al rechazar la cautelar que suspendiera la construcción del Metrobus Norte.
DZ/sc
Fuente DYN
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