A raíz de las denuncias de abuso sexual infantil en instituciones deportivas, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad elaboró un Protocolo de Acción Institucional ante situaciones de violencia contra niños y adolescentes que enviará a los clubes, donde les recuerda su obligación de intervenir no sólo cuando los hechos ocurren dentro de sus instalaciones.
Elaborado por el Centro de Atención de Niñez, Adolescencia y Género, cuya titular es María Elena Naddeo, el documento advierte que los profesionales que estén en contacto con niños y adolescentes deben comunicar cualquier situación que vulnere loa derechos de la infancia, más aún cuando se trata de posibles delitos.
El protocolo destaca que la obligación de intervenir rige no solo cuando los hechos ocurren dentro de los clubes, sino en cualquier otro lugar o establecimiento, sea público o privado vinculado a ellos, dada la responsabilidad de las asociaciones deportivas en el cuidado y salvaguarda de los jóvenes que albergan.
La denuncia -ante la presunción de abusos contra los chicos- debe concretarse a través de los organismos de infancia y adolescencia de cada provincia, municipio y la ciudad de Buenos Aires, o tramitarse en las fiscalías especializadas en violencia de genero y violencia en la infancia.
Asimismo, el protocolo resalta los principios de no revictimización, resguardo de la confidencialidad y la obligación de brindar contención psicosocial a víctimas y familiares.
En cuanto a los jóvenes mayores de edad afectados por estas situaciones de violencia, se establece la responsabilidad de los clubes en asesorar y acompañar las denuncias pertinentes.
“Es necesario determinar la responsabilidad tanto de los intermediarios de abuso sexual por dinero -pasibles de los delitos de corrupción y proxenetismo- como de quienes pagan por abusar de los cuerpos adolescentes. Necesitamos un compromiso colectivo para desalentar practicas aberrantes y lesivas”, de acuerdo a los fundamentos.
El protocolo se apoya en los principios rectores de la Convención Internacional de los Derechos del Niño; la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes; así como de todas las normativas que establecen la responsabilidad del Estado y la sociedad en la protección de los chicos frente a delitos que atentan contra su integridad física y psíquica.
Por otro lado, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad y el conjunto de las Defensorías del Pueblo agrupadas en la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (ADPRA) brindarán su cooperación técnica y profesional para acompañar, asesorar y colaborar frente a las situaciones abusivas detectadas.
Fuente Télam
Elaborado por el Centro de Atención de Niñez, Adolescencia y Género, cuya titular es María Elena Naddeo, el documento advierte que los profesionales que estén en contacto con niños y adolescentes deben comunicar cualquier situación que vulnere loa derechos de la infancia, más aún cuando se trata de posibles delitos.
El protocolo destaca que la obligación de intervenir rige no solo cuando los hechos ocurren dentro de los clubes, sino en cualquier otro lugar o establecimiento, sea público o privado vinculado a ellos, dada la responsabilidad de las asociaciones deportivas en el cuidado y salvaguarda de los jóvenes que albergan.
La denuncia -ante la presunción de abusos contra los chicos- debe concretarse a través de los organismos de infancia y adolescencia de cada provincia, municipio y la ciudad de Buenos Aires, o tramitarse en las fiscalías especializadas en violencia de genero y violencia en la infancia.
Asimismo, el protocolo resalta los principios de no revictimización, resguardo de la confidencialidad y la obligación de brindar contención psicosocial a víctimas y familiares.
En cuanto a los jóvenes mayores de edad afectados por estas situaciones de violencia, se establece la responsabilidad de los clubes en asesorar y acompañar las denuncias pertinentes.
“Es necesario determinar la responsabilidad tanto de los intermediarios de abuso sexual por dinero -pasibles de los delitos de corrupción y proxenetismo- como de quienes pagan por abusar de los cuerpos adolescentes. Necesitamos un compromiso colectivo para desalentar practicas aberrantes y lesivas”, de acuerdo a los fundamentos.
El protocolo se apoya en los principios rectores de la Convención Internacional de los Derechos del Niño; la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes; así como de todas las normativas que establecen la responsabilidad del Estado y la sociedad en la protección de los chicos frente a delitos que atentan contra su integridad física y psíquica.
Por otro lado, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad y el conjunto de las Defensorías del Pueblo agrupadas en la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (ADPRA) brindarán su cooperación técnica y profesional para acompañar, asesorar y colaborar frente a las situaciones abusivas detectadas.
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