A partir de la oficialización de la Resolución 408, los Administradores de Consorcios deberán liquidar las expensas del consorcio según las pautas establecidas en el modelo único digital de liquidación de expensas que estará disponible en la página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el área de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor, en el espacio dedicado al Registro Público de Administradores de Consorcio.
En los considerandos explica que, resulta conveniente regular y establecer pautas precisas y detalladas a los fines de optimizar y transparentar la relación existente entre los Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal, los Consejos de Administración y/o los consorcistas, por lo tanto, resulta pertinente establecer un modelo único de liquidación de expensas y recibo de pago.
Los Administradores deberán enviar vía correo electrónico a los copropietarios, las liquidaciones de expensas en formato digital acompañando a la digitalización los comprobantes respaldatorios, y recibos conforme al modelo único que estará disponible en la página web del Gobierno de la Ciudad.
Se dispone de 60 días para adecuar las expensas y recibos. Además, la resolución dispone la bancarización de todos los ingresos y egresos a través de la cuenta bancaria que posea el consorcio, eliminándose el efectivo como medio de pago.
DZ/LR
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