El Ministerio de Salud elevó a $ 479,26 el monto mensual que las obras sociales y empresas de medicina prepaga deben reintegrar a sus pacientes celíacos por la compra de harinas y premezclas libres de gluten, sus derivados y/o productos elaborados con las mismas.
La medida, establecida en el marco de la Ley Nº 26.588, fue resuelta a través de la resolución 1720 de la cartera sanitaria nacional, publicada hoy en el Boletín Oficial.
Actualmente, el reintegro estaba fijado $ 326,83 y no se actualizaba desde el 31 de agosto de 2015.
Los productos Sin Tacc triplicaron sus precio desde el 2015, según informa la revista especializada Celi Co. Y agrega: «Algunos de los informes de los últimos años ha demostrado, que en promedio, aquel que padece celiaquía debe contar con un presupuesto tres veces mayor, ya que los productos, en general, cuestan hasta 300% más».
Los alimentos que en su estado natural no contienen gluten: carne, pescado, frutas, verduras, huevos, legumbres, hortalizas, leche, patatas, etc. (alimentos sin tratar a nivel industrial).
Fuente Diario ZFuente Télam
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