Se trata de Elsa Haydée Vincová y Mónica Alejandra Bellini, que habían sido separadas preventivamente de sus cargos en el Jardín de Infantes N°2 por no haber advertido los malos tratos a los que era sometido Agustín Marrero, el niño asesinado a golpes por su padrastro.
Por ese caso, que conmovió a la comunidad educativa y generó duras críticas al gobierno porteño en junio del año pasado, el fiscal penal Sandro Abraldes pidió el juicio oral para Leandro Sarli, el padrastro de 34 años y actualmente detenido. Sarli está acusado de “homicidio agravado por haber sido cometido por alevosía y ensañamiento”.
El entonces ministro de Educación porteño, Esteban Bullrich, culpó a las docentes como las responsables de no haber advertido y denunciado la situación de Agustín. Enseguida la padres del jardín y los gremios docentes salieron en su defensa ya que las maestras dieron aviso cada vez que el niño llegó golpeado.
La Justicia entendió que la maestra de sala y la directora actuaron como debían y por eso ambas podrás volver a sus puestos a partir del comienzo del ciclo lectivo 2016 y hasta el dictado de sentencia definitiva, según resolvió la jueza en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires María Soledad Larrea.
La restitución de ambas docentes había sido reclamada por representantes de entidades gremiales y padres de alumnos del Jardín de Infantes, e incluso el Papa Francisco se había comunicado telefónicamente con una de ellas.
“No se advertiría la existencia de fundamentos suficientes que expliquen los motivos por los cuales Vincová y Bellini fueron apartadas de los cargos en los que se desempeñaban, como así tampoco, las causas que ministro tuvo en cuenta para entender que la permanencia de las docentes en sus respectivos cargos resultara inconveniente”, sostiene el fallo de la jueza Larrea.
Las docentes no sólo habían rechazado las sospechas en su contra sino que denunciaron que tras el trágico episodio “ninguna asistencia psicológica fue destinada a asistir a los niños y al cuerpo docente una vez conocida la consumación del hecho y que tanto la maestra como la directora, quebrantadas por la pérdida de Agustín demostraron su profesionalismo quedándose en su sala y en su escuela haciéndose cargo de las tareas propias, además de la de contener a los niños y a los padres”.
Además, recordaron que “el dictamen de la mayoría de la Junta de Disciplina fue contrario a la instrucción del sumario, por considerar que ‘de la documental obrante, no observa hechos que puedan ser analizados desde el punto de vista disciplinario’. Sólo la minoría (integrada por los tres representantes del Ministerio de Educación) aconsejó la instrucción sumarial” que derivó en el apartamiento de sus cargos.
El fallo sostiene además que “desde la fecha de instrucción del sumario, el 29 de junio de 2015, a la actualidad transcurrió un plazo más que razonable sin que haya por parte de la Administración resolución definitiva al respecto”.
DZ/sc/ah
Fuente DYN
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